Dirección de Salud Ambiental - DESA
La Dirección de Salud Ambiental (DSA) es un Órgano de Línea de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, la misma que para cumplir con los objetivos establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud debe realizar las siguientes funciones.
Funciones
- Formular las políticas en materia de salud ambiental, en concordancia con las normas nacionales e internacionales.
- Formular normas y lineamientos técnicos, metodología, procedimientos, protocolos y demás vinculados en materia de gestión integral de residuos sólidos peligrosos y no peligrosos; calidad de agua para el consumo humano, agua de uso poblacional y recreacional, en el marco de sus competencias; aire (ruido, radiaciones); suelo; cementerios y crematorios; juguetes y útiles de escritorio; sustancias químicas; así como los factores de riesgo físicos, químicos y biológicos externos a la persona; así como las normas para la vigilancia sanitaria, medidas de seguridad, infracciones y sanciones, en el marco de sus competencias.
- Formular normas procedimientos para otorgar certificaciones, autorizaciones sanitarias, permisos, notificaciones sanitarias obligatorias, registros y otros en materia de su competencia.
- Realizar acciones de vigilancia y supervigilancia, conforme a la normatividad vigente, en materia de su competencia.
- Administrar y mantener actualizado el registro de certificaciones, autorizaciones sanitarias, permisos, notificaciones sanitarias obligatorias y otros en materia de su competencia.
- Proponer la declaratoria del estado de emergencia sanitaria por el manejo inadecuado de los residuos sólidos y/o calidad de agua para el consumo humano, en el marco de su competencia.
- Implementar la gestión del riesgo sanitario y disponer las medidas de seguridad que correspondan en materia de su competencia.
- Atender las alertas sanitarias nacionales y las procedentes del exterior en materia salud ambiental.
- Realizar las acciones para gestionar la equivalencia y armonización nacional e internacional de la normativa en materia de su competencia.
- Implementar las acciones correctivas que correspondan.
- Coordinar los análisis requeridos para las acciones que corresponden en el marco de su competencia.
- Implementar las acciones para el adecuado cumplimiento de las funciones asignadas.
- Emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia.
- Brindar asistencia técnica y capacitación a los diferentes niveles de gobierno, en materia de su competencia.
- Formular, desarrollar y difundir estudios, investigaciones y evaluaciones, en la materia de su competencia.
- Desarrollar acciones orientadas a la mejora continua de los procesos relacionados con su competencia.
- Desarrollar las acciones de implementación del sistema integrado de gestión de la calidad.
- Resolver en primera instancia los procedimientos administrativos y recursos administrativos de su competencia.
- Las demás funciones que le corresponda de acuerdo a las disposiciones legales vigentes y aquellas que le asigne el/la Director/a General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria.